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IEES determina que Imelda Castro incurrió en promoción personalizada y turna expediente al Senado

4 Junio 2026 at 17:26

El consejo general del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa resolvió que la Senadora Imelda Castro Castro incurrió en promoción personalizada, luego de analizar una queja presentada por el Partido Acción Nacional en abril de este año, por presuntos actos anticipados de precampaña y campaña, uso indebido de recursos públicos y posicionamiento electoral adelantado.

Durante una sesión especial virtual, resolvió el procedimiento sancionador ordinario identificado con el expediente SE-PSO-002/2026, derivado de la denuncia interpuesta por el PAN el 7 de abril de 2026.

Como parte de la investigación, la Secretaría Ejecutiva del IEES revisó publicaciones en redes sociales, videos, bardas, lonas y notas periodísticas relacionadas con la legisladora.

Además, verificó información sobre publicidad pagada en Facebook y realizó diligencias para constatar los hechos denunciados.

El instituto informó que de los 67 eventos señalados por el partido denunciante, 41 ya habían sido objeto de procedimientos previos promovidos por el mismo quejoso y que incluso ya habían sido resueltos.

Tras el análisis de las pruebas, el Consejo General concluyó que sí se acreditan los elementos establecidos por la jurisprudencia electoral para configurar promoción personalizada.

Según la resolución, se comprobó el elemento personal debido a que en las publicaciones difundidas en Facebook aparecían el nombre, imagen y cargo de la Senadora.

Asimismo, durante las diligencias se localizaron bardas y lonas con referencias a Castro Castro, incluyendo materiales con una silueta femenina que, según la propia legisladora, aludían a su persona, aunque aseguró desconocer quién ordenó su colocación.

El IEES también consideró acreditado el elemento temporal, al señalar que la mayoría de los mensajes fueron difundidos entre enero y mayo de 2026, es decir, a pocos meses del arranque formal del proceso electoral local 2026-2027.

Respecto al elemento objetivo, el órgano electoral sostuvo que algunas publicaciones evidenciaban una intención de posicionamiento ante la ciudadanía, lo que actualiza la figura de promoción personalizada prohibida por el artículo 134 de la Constitución federal.

No obstante, el instituto descartó que existieran actos anticipados de precampaña o campaña.

En la resolución se establece que ni en las publicaciones, videos, bardas o lonas analizadas se encontraron llamados expresos al voto, solicitudes de apoyo electoral, referencias a plataformas de gobierno o promesas de campaña.

De igual forma, el Consejo General concluyó que no existen elementos para acreditar el uso indebido de recursos públicos.

Aunque se comprobó la contratación de publicidad en Facebook entre noviembre de 2025 y marzo de 2026, la investigación determinó que la responsable de la cuenta y de la inversión económica era la propia titular del perfil, sin evidencia de que los recursos provinieran de alguna institución pública.

Como consecuencia de la resolución, el IEES determinó existente la infracción por promoción personalizada atribuida a la Senadora y ordenó a la Secretaría Ejecutiva integrar un expediente con copias certificadas de todas las actuaciones para remitirlo a la Cámara de Senadores.

Será esa instancia la que deberá proceder conforme a sus atribuciones legales respecto de la conducta acreditada por la autoridad electoral sinaloense.

Imelda Castro continuará defensa jurídica tras nuevo revés del TEESIN

22 Mayo 2026 at 21:17

CULIACÁN._ La Senadora de Morena, Imelda Castro Castro, aseguró que continuará con su defensa jurídica luego de que el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa revocó por segunda vez una resolución del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa que la exoneraba de presuntos actos anticipados de campaña.

Durante una asamblea informativa realizada este vierne en el sector Juntas de Humaya, la legisladora sostuvo que tanto el IEES como la Sala Regional Guadalajara han emitido resoluciones favorables a su defensa, pese a que el TEESIN volvió a ordenar una revisión exhaustiva del expediente.

“Ya les ganamos dos al Tribunal de Sinaloa, ya le ganamos dos en la Sala Regional de Guadalajara y el IEES en dos ocasiones también ha resuelto conforme a la ley”, declaró.

El jueves, el TEESIN determinó nuevamente que el Instituto Electoral no realizó un análisis de fondo sobre las pruebas presentadas por el PAN y Movimiento Ciudadano, quienes denunciaron a Castro Castro por presuntos actos anticipados de campaña, promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos.

Los magistrados señalaron que el IEES se limitó a acreditar la existencia de bardas, videos, fotografías y publicaciones, sin valorar el contenido de las pruebas ni pronunciarse sobre los elementos denunciados.

Ante ello, la Senadora afirmó que continuará el litigio en las instancias correspondientes y dijo estar convencida de tener la razón jurídica.

“Hay que seguir, hay que seguir en la defensa, yo estoy convencida que tenemos la razón jurídica y pues hay que seguir en las instancias”, expresó.

Castro Castro también confirmó que el caso volverá a revisarse en la Sala Regional de Guadalajara.

“Después sigue justamente en este tema, sigue otra vez el tribunal de Guadalajara”, comentó.

El TEESIN ordenó nuevamente al IEES emitir otra resolución en un plazo de 10 días hábiles y realizar una investigación exhaustiva sobre el expediente.

Tribunal revoca otra vez resolución del IEES que exonera a Imelda Castro de actos anticipados de campaña

21 Mayo 2026 at 17:08

El Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa revocó, por segunda ocasión, una resolución del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa relacionada con las denuncias presentadas contra la Senadora de Morena Imelda Castro Castro por presuntos actos anticipados de campaña, promoción personalizada y uso de recursos públicos.

La nueva resolución fue aprobada, por mayoría, este jueves 21 de mayo, luego de que PAN y Movimiento Ciudadano impugnaran nuevamente el fallo emitido por el IEES el pasado 27 de abril, en el que el organismo electoral reiteró que no existían elementos para acreditar infracciones por parte de la legisladora.

El caso deriva de una primera resolución emitida por el TEESIN el 10 de abril, cuando el Tribunal revocó por primera vez el acuerdo del Instituto Electoral al considerar que no había realizado una investigación exhaustiva ni analizado completamente el material probatorio presentado por los partidos denunciantes.

En aquella ocasión, los magistrados señalaron que el IEES omitió pronunciarse sobre 444 fotografías, 21 videos y diversas publicaciones relacionadas con eventos y bardas vinculadas a la senadora, además de no profundizar en las investigaciones sobre el presunto uso de recursos públicos.

Tras esa sentencia, el Tribunal dio al IEES un plazo de 10 días hábiles para emitir una nueva resolución.

Posteriormente, el 27 de abril, el Instituto volvió a concluir que no existían actos anticipados de campaña ni promoción personalizada, argumentando que en las publicaciones analizadas no había llamados al voto ni referencias directas a un proceso electoral.

Sin embargo, durante la sesión de este jueves, el TEESIN concluyó que nuevamente el Instituto se limitó a acreditar la existencia de bardas, videos, ligas electrónicas y publicaciones, pero sin analizar de fondo el contenido de las pruebas ni valorar adecuadamente los elementos denunciados.

La Magistrada Aída Inzunza Cázares recordó además que la Sala Regional Guadalajara confirmó recientemente la sentencia emitida el 10 de abril, coincidiendo en que el IEES había sido omiso en el estudio completo del expediente.

“El Instituto, efectivamente, lo único que hizo el instituto fue meterse a los links y acreditarlos: ‘sí existe, si existen los videos, si existe todo lo que me dicen’ y párale de contar”.

“En esa parte, no únicamente se lo ordenamos que describieran los elementos, motivos de la denuncia, sino que se pronunciara, porque se supone que eso que tú encuentras en la investigación es lo que va vas a resolver. No sé cómo emitieron la resolución, si no hubo ni siquiera un pronunciamiento de lo que viene en las fotografías que efectivamente dice el PAN”.

“Definitivamente no fue exhaustivo, nada más acreditó, pero no se pronunció respecto de lo que le habían pedido y pues mucho menos hubo una valoración probatoria, porque ninguna prueba, sin excepción, ninguna prueba fue valorada, no se calificó”, agregó.

Por su parte, el Magistrado presidente Edgar Donato Vega Márquez sostuvo que el Instituto está obligado a realizar una investigación “real y efectiva”, valorando las pruebas y relacionándolas con los hechos denunciados.

Además, advirtió que si el caso continúa regresando al Tribunal por las mismas omisiones, eventualmente el propio TEESIN podría asumir la investigación y resolver de fondo para evitar que el procedimiento se convierta en “una cadena interminable” y garantizar el acceso efectivo a la justicia.

“... probablemente en su momento este Tribunal pueda entrar en plenitud del judicción y resolver desde aquí. Eso es lo que profesionalmente pudiera hacer, pero no es algo que decidamos pronto, depende del expediente, de cómo venga la impugnación, la evaluación que se da en su momento. No sé qué vaya a suceder, por lo pronto, lo real y un efecto inmediato es, se regresa para que estudien, investiguen más conforme a las imputaciones que le hacen al Instituto respecto de que no está haciendo trabajo correspondiente conforme a la ley. En este caso no es exhaustivo”, sostuvo.

En contraste, el Magistrado Luis Alfredo Santana Barraza votó en contra al considerar que no existían elementos suficientes para acreditar las infracciones denunciadas.

El Tribunal volvió a ordenar al IEES emitir una nueva resolución en un plazo de 10 días hábiles, realizando una investigación exhaustiva y atendiendo todos los planteamientos hechos por los partidos denunciantes.

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