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Cárceles de Sinaloa acumulan 41 quejas por omisiones y falta de atención a internos

El sistema penitenciario de Sinaloa acumula 41 quejas ante la Comisión Estatal de los Derechos Humanos entre enero y el 5 de agosto de 2026, principalmente por presuntas omisiones en el cuidado, seguridad y atención de las personas privadas de la libertad.

De acuerdo con la estadística de la CEDH, la mayor cantidad de señalamientos corresponde a la zona centro, donde se encuentra el Centro Penitenciario “Aguaruto”, en Culiacán, con 20 quejas.

Le siguen la zona norte, correspondiente al Centro Penitenciario “Goros II”, en Ahome, y la zona sur, donde se encuentra el Centro Penitenciario “El Castillo”, en Mazatlán, con nueve quejas cada una.

En la zona Évora, correspondiente al Centro Penitenciario Región Évora, en Angostura, se contabilizaron tres quejas.

Durante el primer trimestre del año, de enero a marzo, la CEDH registró 13 quejas contra el sistema penitenciario: seis correspondieron a Aguaruto, en Culiacán; cinco a Goros II, en Ahome; una al penal Región Évora, en Angostura, y una a El Castillo, en Mazatlán.

Para el segundo trimestre, de abril a junio, los señalamientos aumentaron a 20. De estos, 10 fueron en Aguaruto, cuatro en Goros II, uno en Región Évora y cinco en El Castillo.

El acumulado de la Comisión Estatal hasta el 5 de agosto alcanza las 41 quejas, por lo que también contempla los señalamientos registrados durante julio y los primeros días de agosto.

Omisiones en el cuidado y atención médica

Entre los hechos violatorios documentados por la CEDH destaca la omisión del personal de los centros penitenciarios o de detención en el cumplimiento de su deber reforzado de cuidado respecto de la vida de las personas privadas de la libertad, con 11 casos.

También se registraron cuatro hechos por omisión en el cumplimiento del deber reforzado de cuidado de la vida e integridad de las personas privadas de la libertad bajo custodia del Estado.

La falta de atención médica aparece igualmente entre los principales señalamientos, con cuatro casos por omisión de proporcionar atención médica o suministrar medicamentos a personas privadas de la libertad.

La estadística contempla además tres casos por omitir custodiar, vigilar, proteger o brindar seguridad a lugares, instalaciones o bienes en general, afectando los derechos de terceros, así como tres por cobros indebidos a personas privadas de la libertad.

Otros hechos violatorios registrados fueron uno por impedir que las personas privadas de la libertad reciban visitas; uno por impedir la visita íntima; uno por impedir que realicen actividades que garanticen la reinserción social; y uno por no compurgar la pena en el centro penitenciario más cercano a su domicilio.

Asimismo, la CEDH registró un caso relacionado con tratos crueles, inhumanos o degradantes.

La Comisión Estatal explicó que el número de hechos violatorios no necesariamente coincide con el total de quejas, debido a que los casos que son remitidos a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos no se incorporan en este apartado de la estadística estatal.

La dependencia señaló que entre los casos que son enviados a la instancia nacional también suelen encontrarse señalamientos relacionados con la falta de atención médica.

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‘María’ huyó de Sinaloa tras ser privada de la libertad; tres años después, la Fiscalía seguía sin investigar su caso

Hace casi tres años de haber sobrevivido a una privación ilegal de la libertad, “María”, nombre ficticio, tuvo que abandonar Sinaloa por temor a ser atacada nuevamente, denunció amenazas constantes y pidió protección para regresar a ampliar su declaración, pero nunca llegó la ayuda.

Ahora, la Comisión Estatal de los Derechos Humanos concluyó que la Fiscalía General del Estado incurrió en omisiones y retrasos injustificados que dejaron prácticamente paralizada la investigación.

De acuerdo con la Recomendación 12/2026, “María” denunció haber sido privada ilegalmente de la libertad en febrero de 2023. Tras presentar la denuncia ante la Unidad Especializada en Desaparición Forzada de Personas de la Fiscalía General del Estado, abandonó la ciudad por razones de seguridad, dejando un número telefónico y un correo electrónico para mantenerse en contacto con las autoridades. Sin embargo, aseguró que nadie volvió a comunicarse con ella.

Con el paso de los meses comenzó a recordar nuevos detalles que podían fortalecer la investigación e intentó ampliar su declaración. La agente del Ministerio Público le dijo que el investigador tenía poca información sobre el caso y le proporcionó un número telefónico para contactarlo, pero nunca obtuvo respuesta. Más tarde viajó a Culiacán para revisar personalmente el expediente y solicitó medidas de protección, las cuales tampoco recibió.

Ante la CEDH, la mujer relató que seguía siendo víctima de amenazas por parte de una de las personas que presuntamente participaron en el secuestro. También explicó que tenía miedo de regresar a Sinaloa, pero aun así aceptó acudir para ampliar su denuncia bajo la promesa de que recibiría protección desde su llegada al aeropuerto. Esa protección nunca llegó y tampoco pudo contactar a la agente del Ministerio Público responsable del caso.

La investigación de la Comisión encontró que la carpeta permaneció prácticamente inmóvil durante largos periodos. Primero estuvo cerca de dos años sin actos relevantes de investigación y posteriormente volvió a registrar alrededor de diez meses de inactividad, pese a que la víctima aportó información sobre posibles responsables y continuó denunciando amenazas.

La CEDH también advirtió que las autoridades ministeriales ignoraron la solicitud de protección formulada por la víctima, aun cuando esta manifestó que permanecía fuera de la ciudad precisamente por temor a sufrir una nueva agresión y porque los presuntos responsables conocían su identidad.

En su análisis, el organismo concluyó que los agentes del Ministerio Público responsables de la carpeta omitieron realizar las diligencias necesarias para esclarecer los hechos, lo que provocó una dilación injustificada en la investigación y vulneró el derecho de “María” al acceso a la justicia.

Señaló que la obligación del Ministerio Público no puede limitarse a recibir una denuncia, sino que debe investigar de manera seria, efectiva y oportuna.

Por ello, la Comisión Estatal de los Derechos Humanos emitió la Recomendación 12/2026 dirigida a la Fiscalía General del Estado de Sinaloa, acreditando violaciones al derecho humano de acceso a la justicia en la modalidad de procuración de justicia, derivadas de la dilación en la integración de la carpeta de investigación.

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